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El Consulado de Kenia en Madrid ofrece información y asistencia consular a los viajeros que necesiten autorización para entrar en el país. Desde enero de 2024, los ciudadanos españoles ya no necesitan visado para viajar a Kenia por motivos turísticos o de corta estancia, pero sí deben obtener una autorización electrónica de viaje (eTA) antes de viajar.
Autorización electrónica de viaje (eTA)
La eTA debe solicitarse exclusivamente en la plataforma oficial:
https://etakenya.go.ke/
Es válida para una sola entrada y caduca al abandonar el país. Puede solicitarse hasta 3 meses antes del viaje y suele aprobarse en unos 3 días laborables.
Para obtener la eTA se requiere:
No es necesario solicitar la eTA si el viajero hace únicamente tránsito en el aeropuerto y no abandona la zona internacional.
¿Cuándo hay que solicitar un visado?
Aunque la mayoría de viajeros utilizan la eTA, ciertas situaciones pueden requerir un visado regular, que puede gestionarse a través del consulado o del Ministerio del Interior de Kenia. Esto incluye:
En estos casos, el consulado puede orientar sobre los requisitos y documentación necesaria según el tipo de visado aplicable.
Nota importante: Para información actualizada sobre requisitos y procedimientos, consulta siempre la web oficial de la Embajada o Consulado correspondiente y las recomendaciones de viaje del Ministerio de Asuntos Exteriores de España. Si lo necesitas, una agencia de visados especializada puede ofrecer asistencia en la tramitación.
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